Como todo producto o servicio de profunda inserción en todas las capas de la población, las tarjetas de crédito y débito constituyen un sector de la economía susceptible de regulación oficial; dada la gran cantidad de participantes que conforman el negocio (bancos, tarjetahabientes, establecimientos comerciales, empresas de tarjetas, asociaciones de consumidores, etc.), cualquier proyecto en esta dirección, seguramente lesionará ciertos intereses. La sabiduría del Legislador es de suma importancia para resolver la cuestión con la menor conflictividad.

La regulación puede ser directa o indirecta; la primera se da a través de una Ley específica, en tanto que la segunda comprende normativas suplementarias por parte de otros órganos (Bancos Centrales, Organismos Impositivos, Reserva de Datos Personales) 

Países como Uruguay, República Dominicana o El Salvador han estado trabajando recientemente en el tema, con no pocos problemas.

Sin suplir la tarea de los Organismos Legislativos de cada país, podemos asistir a Gobiernos en la definición de las mejores prácticas regulatorias para el negocio de tarjetas de crédito y débito. La reserva es absoluta. Contáctenos

 

República Argentina

 

Ley 25.065 (Tarjetas de Crédito) >

Ley 25.326 (Protección de Datos Personales - Habeas Data) >

Ley 24.240 (Defensa del Consumidor) >

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